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:: El juego del dominó ::

.:. 12.0 - Normativa y reglamentos .:.

La Federación Española de Dominó (en adelante, FED), en el Art. 9 del Capítulo II de sus estatutos, dispone que "la FED tiene competencia excluyente dentro del Estado español para organizar y supervisar las competiciones oficiales de dominó de ámbito estatal e internacional que se celebren en España, así como para homologar, en su caso, las que no ostenten tal carácter y los resultados de éstas, con independencia de que tengan lugar dentro o fuera del territorio del Estado español". Así mismo, en los artículos 10, 11 y 12 del mismo capítulo, se definen los tres tipos de competiciones oficiales u homologadas que se pueden celebrar en España:

  • Competiciones Oficiales de Ámbito Estatal: Las organizadas y supervisadas por la FED celebradas en territorio español para todo el Estado en su conjunto. Se regirán por el reglamento de competiciones aprobado por la FED y por las disposiciones particulares que la Junta Directiva de la Federación acuerde para cada edición de los campeonatos.
  • Competiciones Oficiales de Ámbito Internacional: Las organizadas y/o supervisadas por la FED bajo el control de una organización supraestatal a la que la FED se halle adscrita, celebradas en territorio español con participación, reconocimiento y efectos internacionales. Se regirán por el reglamento de competiciones aprobado por la correspondiente organización supraestatal y por las disposiciones particulares que reglamentariamente se dicten para cada edición de los campeonatos.
  • Competiciones Homologadas: Las organizadas por Entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, estatales o supraestatales, no sometidas a la disciplina de la FED ni a la de las Organizaciones internacionales a las que ésta pueda pertenecer, celebradas dentro o fuera del territorio del Estado español bajo el auspicio y con arreglo a las normas de competición de la FED o de las referidas Organizaciones internacionales.

En todas estas competiciones, la participación de jugadores quedará restringida a quienes reúnan los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria que, como mínimo, serán los siguientes:

  • Hallarse incluido en el ámbito personal del Organismo convocante.
  • Estar en posesión de la correspondiente licencia federativa en vigor.
  • Acreditar los niveles deportivos exigidos.
  • Aceptar y someterse a las bases de la convocatoria que rija la competición de que se trate.

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